Portada » Música » Abierta la presentación de solicitudes para músicos de calle en Madrid

Abierta la presentación de solicitudes para músicos de calle en Madrid

El 6 de febrero de 2020 se publicó en el BOAM la resolución de la Coordinadora del Distrito de Centro por la que se ordena la publicación del Decreto del Concejal del Distrito de fecha 5 de febrero de 2020, en el que se aprueba la Instrucción 1/2020 relativa a los criterios para la autorización de las actuaciones de los “Músicos de Calle” en el espacio público del Distrito Centro. Una resolución que restringe notablemente la normativa consensuada en 2018.
 
El pasado mes de julio de 2019, el nuevo equipo de gobierno del Ayuntamiento de Madrid bloqueó el anterior decreto dejando desde entonces en una situación de ilegalidad a los músicos a los que se les caducaba la licencia. Aquellos que solicitaban la renovación no obtuvieron ningún tipo de respuesta por parte del consistorio, por lo que han quedado durante este tiempo sin protección para tocar y expuestos a numerosas multas.
 
Ahora el Ayuntamiento ha abierto un plazo para solicitar los nuevos permisos entre mañana, 15 de febrero, y el 2 de marzo. Desde principios de marzo los músicos sabrán a quiénes han concedido esta licencia y cuál será la situación en adelante. Esta licencia tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
 
Si el número de solicitudes no excede del máximo de autorizaciones, se autorizará de forma directa, pero si excede, la Junta Municipal de Distrito realizará un sorteo público por sistema de insaculación. Es previsible que las peticiones efectivamente sobrepasen el número máximo de autorizaciones, pues se han restringido de 900 (las concedidas durante el periodo anterior) a 450.
 
Este sistema supone una inseguridad para la integridad de las bandas que verán supeditada su subsistencia a la suerte. Mediante este sistema se corre el riesgo de que no todos los músicos de una banda consigan sus licencias, mermando drásticamente la calidad sonora y obligando a los grupos a elegir entre prescindir de alguno de sus integrantes o dejar de tocar.
 
A partir del 2021 las licencias se concederán por semestre natural y las peticiones deberán presentarse en los siguientes plazos: entre el 1 y el 15 de octubre del año anterior para las autorizaciones del primer semestre; y entre el 1 y el 15 de abril del mismo año para el segundo semestre. Con la anterior normativa no se marcaba plazo alguno, pues se entendía que los músicos empiezan su actividad o presentan nuevo repertorio con diferentes calendarios, por lo que solicitaban la licencia cuando sabían iban a comenzar la actividad. Estas licencias tenían una vigencia, desde la fecha concedida, de medio año.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *